domingo, 5 de febrero de 2017
Reducción de la tasa del IGV al 17%
El día 07 de enero del 2017 se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1347 que modifica la tasa del IGV, de un 16% actual a un 15% a partir del 01 de julio del 2017 en tanto y cuanto se logre cumplir la condición establecida en la Disposición Complementaria Final del referido Decreto.
C.P.C. Paolo Epifanio Vicharra Floriàn
miércoles, 1 de febrero de 2017
Pasos para constituir una empresa
Sabes de la importancia de que tu empresa sea
formal, pero no sabes cómo constituirla, nosotros te asesoramos para constituir
tu empresa en tan sólo 8 pasos.
1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Públicos
(sólo para Persona Jurídica)
Debemos en primer acudir a la Oficina de Registros Públicos, y solicitar la
búsqueda del nombre o índice.
Una vez realizada la búsqueda y confirmado de que no existen nombres
iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social
para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la
reserva por un plazo de 30 días.
2. Elaboración de la minuta (sólo Persona Jurídica)
La minuta es un documento previo en el cual los miembros de sociedad
manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos
los acuerdos respectivos.
La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos
que se puedan adjuntar a ésta.Los elementos fundamentales de una minuta son:
Por cada socio: sus datos personales, nombres, edad, DNI, etc.
giro de la sociedad.
tipo de sociedad: por ejemplo, S.R.L, S.A, etc.
tiempo de duración de la sociedad: si es plazo fijo o indeterminado.
cuándo se van a empezar las actividades comerciales.
dónde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).
cuál es la denominación o razón social de la sociedad.
quién va a administrar o representar a la sociedad.
los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser: bienes dinerarios(dinero
,cheques, pagarés, letras de cambios) y bienes no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, sillas, etc.
el capital social o patrimonio social (aporte de los socios).
3. Elevar la minuta a escritura pública (sólo Persona Jurídica)
Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público
para que la revise y la eleve a Escritura Pública. Por lo general los
documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
minuta de constitución.
constancia o comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.
certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la SUNARP.
Una vez elevada la minuta, no se puede cambiar. Al final, se genera la
Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el
documento que da fe de que la minuta es legal. Ésta debe ser firmada y sellada
por el notario.
4. Elevar la escritura pública en los Registros Públicos (sólo Persona
Jurídica)
Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a los
Registros Públicos, en donde se realizarán los trámites necesarios para
inscribir la empresa en los Registros Públicos.La Persona Jurídica
existe a partir de este paso, es decir, a partir de
su inscripción en los Registros Públicos.
5. Obtención del número de RUC
El RUC (Registro Único de Contribuyentes) es lo que identifica a una
persona o a la empresa ante la SUNAT para el pago de los impuestos.
Toda persona natural o jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de
lo contrario serán sancionadas de acuerdo con el Código Tributario, igual que
los inscritos en el RUC que no presenten la declaración.
Para obtenerlo debemos acudir a la SUNAT, llenar un formulario de justificación,
y esperar notificación.
6. Elegir régimen tributario
En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención de nuestro RUC,
debemos determinar a cuál régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de
los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial
de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General.
Una vez que contamos con nuestro número de RUC, y elegido el régimen
tributario al cual acogernos, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta
y/o factura) que vamos a utilizar.
7. Comprar y legalizar libros contables
En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del
régimen tributario al cual nos hayamos acogido; y posteriormente, acudimos a
una notaría para que sean legalizados por un notario público.
8. Legalizar el Libro de Planillas en el Ministerio de Trabajo (si fuera el
caso)
Según la ley, todos los trabajadores de una empresa, no importa las horas
que trabajen, deben estar en planilla (lo que implica recibir beneficios tales
como gratificaciones, compensación por tiempo de servicio, etc.).
Para este paso, debemos acudir al ministerio de Trabajo, en donde se legalizarán las planillas.
Para este paso, debemos acudir al ministerio de Trabajo, en donde se legalizarán las planillas.
9. Inscribir a los trabajadores en ESSALU (si fuera el caso)
Igualmente debemos registrar a los trabajadores en las oficinas de ESSALUD para que puedan acceder a sus servicios.
Los trámites se realizan en las oficinas de ESSALUD correspondiente a la jurisdicción.Por lo general, los documentos a presentar son:
Los trámites se realizan en las oficinas de ESSALUD correspondiente a la jurisdicción.Por lo general, los documentos a presentar son:
Fotocopia del RUC.
Planillas en blanco legalizadas.
Fotocopia del DNI del representante.
Formulario llenado en la oficina del ESSALUD para la inscripción de los
trabajadores
10. Solicitud de licencia municipal
Consiste en acudir a la municipalidad del distrito en donde va a estar
ubicado el negocio, y tramitar la obtención de la licencia de funcionamiento.
Por lo general, los documentos a presentar son:
Fotocopia del RUC.
Certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona
residencial, etc.).
Croquis de la ubicación de la empresa.
Copia de contrato de alquiler o título de propiedad.
Fotocopia de la escritura pública.
Recibos de pago por derecho por licencia.
Formulario de solicitud.
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