miércoles, 1 de febrero de 2017

Boletas de venta vs facturas



Tanto las boletas de venta y las facturas son comprobantes de pago usadas por pequeñas, medianas y grandes empresas, sin embargo existe una serie de diferencias que acá definimos.

Tanto las boletas de venta y las facturas son comprobantes de pago usadas por pequeñas, medianas y grandes empresas, sin embargo existe una serie de diferencias que acá definimos.

Para empeza la entrega de estos documentos por operaciones comerciales dependerá del tipo de contribuyente que sea la empresa emisora. En esta línea explicó que la mayoría de negocios están inscritos en el Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS), el Régimen General Impuesto a la Renta y en el Régimen Especial.
Según información de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) las facturas son comprobantes que se emiten en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costos o gastos para efectos tributarios de su actividad, sustentar el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al crédito fiscal (beneficios como reducción de impuestos).
Por ejemplo, cuando una empresa compra plumones y papelógrafos para exposiciones de su personal debe exigir que le otorguen una factura.
Ramírez-Gastón recuerda también que la entrega de facturas por parte del empresario le permite acceder al mecanismo de 'factoring', que permite ‘canjearlas’ en una entidad financiera y así obtener efectivo para continuar con sus actividades como proveedor. Ello, luego de confirmarse la venta de sus productos a los clientes.
Por otro lado las boletas de venta se entregan cuando se realizan:
a) Operaciones con consumidores o usuarios finales.
b) Operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado (nuevo RUS), incluso en las de exportación que pueden efectuar dichos sujetos al amparo de las normas respectivas.
Luciano Carrasco, past director de Actividades Profesionales del Colegio de Contadores Públicos de Lima (CCPL) recuerda por su parte que la entrega de boletas no permitirá al empresario ejercer el derecho al crédito fiscal (posibilidad para reducir impuestos) ni podrán sustentar gastos o costos para efectos tributarios, salvo en los casos que la ley lo permita

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