domingo, 26 de marzo de 2017

Empresas ya no darán certificados de renta y retenciones a los trabajadores de quinta categoría

La obligación que tenían los empleadores de entregar certificados de rentas y retenciones a los trabajadores de quinta categoría antes de cada 1 de marzo y al término de la relación laboral ha sido eliminado del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, a través del decreto supremo 33-2017/EF publicado el 28 de febrero de este año.

La norma ahora establece que, para estos trabajadores, si percibieron remuneraciones de más de un empleador en un mismo ejercicio, “el nuevo empleador considerará las remuneraciones y retenciones acreditadas de acuerdo a lo que señale la Sunat mediante resolución de superintendencia”.
Así, mientras no entre en vigencia la referida resolución a emitirse por Sunat, las remuneraciones y retenciones que hubiesen estado a cargo del anterior empleador, tendrán que ser acreditadas por el nuevo trabajador con una declaración jurada.
De este modo, desde el 1 de marzo del 2017, quienes contraten nuevos empleados de quinta categoría deberán pedirles a los ingresantes esta declaración jurada para calcular, retener y pagar el impuesto a la renta, siempre que otro empleador los haya remunerado y aplicado retenciones.
Atentamente. 

Paolo Vicharra Florian
Estudio Contable Bustamante&Vicharra

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